DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones de hecho y derecho antes fundamentadas, el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, ABSUELVE a la ciudadana MARÍA ZERALDA GHERSI SÁNCHEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 16/12/1947, de 60 años de edad, de profesión u oficio Psicólogo, de estado civil Soltera, hijo de JESÚS SILVERIO GHERSI (F) y de CARMEN LUCILA SÁNCHEZ (V), residenciado en Calle Berlín, Quinta El Sauri, La California Norte, teléfono 0212- 635-0190 y 0414-910-9132, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 3.228.654.; de la comisión del delito de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artícu.....