PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 26/09/2011, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por las ciudadanas Maritza Marlene Visla Alvalles, Melisa Carolina Eslava y Auris Rosario Utrera, contra las empresas codemandadas Entretenimiento y Contenido EYC, C.A., Corporación Sol 70.000, C.A., y Servicios BPT Integral, C.A., partes suficientemente identificadas en autos y en consecuencia se condena a las codemandadas a pagar a la actora los conceptos y montos señalados conforme a los parámetros establecidos en la parte motiva del presente fallo. TERCERO: SE REVOCA la sentencia apelada. No hay condenatoria en costas.