Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Bolivariana Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la Reposición de la Causa alegada por la Representación Judicial de la parte demandada.-
SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE la defensa de la Falta de Cualidad de la parte Actora, alegada por la Representación Judicial de la parte demandada.-
TERCERO Se declara CON LUGAR la impugnación de la cuantía, alegada por la Representación Judicial de la parte demandada.-
CUARTO: Que el abogado RUDYS CELESTINO PIÑANGO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-8.180.681 y debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.869, TIENE DERECHO A COBRAR HONORARIOS PROFESIONALES, en razón de la representación ejercida a favor de la JUNTA DE PROPIETARIOS DE LA COMUNI.....