DECISIÓN
Por lo anteriormente expuestos esta Sala Sexta (6º) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley acuerda: DECLARA INADMISIBLE el recurso de revisión de sentencia interpuesto el 22 de noviembre de 2016, por el profesional del derecho ROBERTO DIAZ, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.334, en su carácter de defensor privado de la ciudadana HATACHA MAYRE GUEDEZ BERNAL, titular de la cédula de identidad N° V-16.661.213, contra la sentencia dictada el 4 de agosto de 2016, y publicado su texto integro en la misma fecha, por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia Itinerante en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual "...CONDENA a la ciudadana HATACHA MAYRE GUEDEZ BERNAL, (...), titular la cédula de identidad N° 16.661.213, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICID.....