Por los razonamientos antes expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- CON LUGAR la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento del peticionante, inserta en los libros llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas, bajo el Nº 1797, en consecuencia ordena que se rectifique dicha partida, suplantándose la letra "C" del segundo apellido del padre del solicitante, por la letra "G", de modo que dicho apellido, en lugar de aparecer como "CORDILLO", debe inscribirse como "GORDILLO". Remítase copia certificada de la presente decisión al funcionario civil correspondiente a los efectos de que se estampe la nota marginal respectiva. SEGUNDO.- CON LUGAR el recurso de apelación intentado por el abogado FLABIO SEGUNDO VILLAMIZAR en su carácter de co-apoderado judicial de la parte solicitante, contra la d.....