Por todas y cada una de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de la Demanda de Contenido Patrimonial interpuesta por la Presidenta de la Junta Directiva de la sociedad mercantil AÑOS LUZ, C.A., contra la Sociedad Mercantil SINCRUDOS DE ORIENTE, SINCOR C.A; hoy EMPRESA MIXTA PETROCEDEÑO, C.A..
En consecuencia pasa este juzgador a precisar el contenido del presente fallo en los siguientes términos:
PRIMERO: Se DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de la Demanda de contenido patrimonial interpuesta por la ciudadana Liliana de Vita, titular de la Cedula de Identidad N° V-6.914.039, procediendo en su carácter de Presidenta de la Junta Directiva de la sociedad mercantil AÑOS LUZ, C.A, debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio Mary Gabriela Raga Sanz.....