Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Secuestrado el inmueble objeto de la medida y lo entrega a la secuestrataria designada para su guarda y custodia, libre de personas y cosas. Estando presente la secuestrataria ciudadana: Julia Sánchez Croce, anteriormente identificada, los recibe conforme, en las condiciones en que se encuentra, comprometiéndose a cumplir con las disposiciones legales que rigen la materia.