Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el acta de nacimiento a nombre de la niña XXXX, signada con el No. 5368, de fecha dieciocho (18) de Agosto de Dos Mil Seis (2006), la cual se encuentra asentada en el Registro Civil del Municipio San Cristóbal, y donde colocaron los dos apellidos del padre, de manera incorrecta "PODALINO GARAPE" siendo lo correcto: "PADALINO GUAREPE". Asimismo se ordena oficiar al Registrador Principal del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, a los fines de que efectúen la debida corrección.