En conclusión, visto todo lo anteriormente expuesto, y respetando la sentencia definitiva dictada en este caso, y sin que pueda considerarse modificación de ésta, no existe en la presente causa actuación a ser tasada por concepto de costas procesales a ser pagadas con cargo al patrimonio del penado JESÚS ALFREDO MARTÍNEZ VÁSQUEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 25-03-978, de 28 años de edad, hijo de Jesús Martínez (f) y Rosa Vásquez (v), de profesión u oficio Comerciante, de estado civil Soltero y titular de la Cédula de Identidad N°: V-13.533.783.-
Quedan así calculadas las costas procesales. Así se decide.-
Regístrese, publíquese, notifíquese, déjese copia y remítase copia certificada del presente auto bajo oficio a la División de Contabilidad Fiscal del Ministerio de Finanzas. Así mismo se deja constancia que fue librada boleta de traslado a nombre del penado de marras. Cúmplase.-
LA JUEZA,
Dra. MAIJOLET ROJAS ZAPATA
LA SECRETAR.....