DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por calificación de despido incoada por la ciudadana SANDY HIDALGO, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, partes plenamente identificadas en autos. En consecuencia, se ordena a la demandada a reenganchar a la trabajadora a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones en que se encontraba al momento de su despido. Asimismo se le ordena a la demandada, vencida en este proceso, a cancelarle los salarios caídos a la accionante a razón de Bs. 4.333,33 diarios, desde el 04 de febrero de 2002, fecha de la admisión del escrito de ampliación de solicitud de calificación de despido hasta la efectiva reincorporación a su puesto de trabajo, debiendo excluirse para tal cancelación, los períodos en los cuales fue suspendida la causa por acuerdo entre las partes. Asimismo se ordena excluir para el cálculo de los salarios caídos los lapsos en los cuales estuvo paralizada la causa por razones no imputable.....