Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano José Miguel Gascon, comerciante, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 7.919.848, en su carácter de Presidente de la empresa REPUESTOS TOYO RUSTICOS 4X4 C.A., sociedad mercantil, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 15-02-1991, bajo el N° 62, Tomo 7-A, Numero de RIF J-08533402-5, domiciliado en la Avenida Rómulo Gallegos entre Carreras 30 y 31. Barquisimeto Edo. Lara, debidamente asistido por el abogado Rafael Colmenares, inscrito en el IMPREABOGADO bajo el Nº 13.222, contr.....