Por las razones que han sido expuestas, esta Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana ALEJANDRA KUSKE Defensora Pública Octogésima Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensora del ciudadano KEIBER LEONARDO JAEN MARTINEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada el 22 de abril de 2014, por el Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por medio de la cual entre otros particulares decreta Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, al ciudadano KEIBER LEONARDO JAEN MARTINEZ por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado.....