PRIMERO: IMPROCEDENTE, la solicitud de suspensión de efectos contra la Providencia Administrativa No. 515-2011 dictada en fecha 20 de septiembre de 2011, por la Inspectoría del Trabajo Norte del Municipio Libertador, solicitada por la profesional del derecho MIRIAM CONTRERAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 54.000, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ADMINISTRADORA DANORAL, C.A. antes identificada. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.