Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, la Apelación interpuesta por la parte actora ADMINISTRADORA ONNIS C.A., en contra de la sentencia del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de septiembre de 2007, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. En consecuencia, se MODIFICA el fallo apelado que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES, incoada por ADMINISTRADORA ONNIS C.A., en contra del ciudadano JOSÉ ANTONIO CHAPMAN, sólo en lo que respecta a la indexación monetaria solicitada por la parte actora, la cual fue negada por la Juez a quo y, en este sentido, se ACUERDA la indexación monetaria, a los fines de preservar el valor de lo debido, mediante una experticia complementaria del fallo. No se condena en costas por cuanto la sentencia apelada no fue confirmada en todas sus partes, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil......