Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de aclaratoria de la sentencia emanada de este Juzgado en fecha 13/06/2014, solicitada por la parte demandada en el juicio seguido por el ciudadano Johan José Brito Ramírez contra la Sociedad Mercantil Trevi Cimentaciones, C.A.