DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Primero de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumado de pleno derecho la PERENCIÓN y, en consecuencia, se ha EXTINGUIDO LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la empresa DISTRIBUIDORA LUDGERI, C.A., plenamente identificada, contra el Acto Administrativo contenido en la certificación N° 011-2013 de fecha 02.05.2013, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Distrito Capital y Vargas DIRESAT Distrito Capital y Edo Vargas del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. SEGUNDO: Se ordena la notificación de las partes, a fin de que una vez que conste en autos la resulta de las mismas, comiencen a correr los lapsos para los recursos legales pertinentes. TERCERO:.....