siendo las dos y cuarenta y cinco minutos de la tarde, se traslado y constituyo este juzgado, en compañía de los apoderados judiciales de la parte actora, abogados Abraham José Mussa y Renato Olavarria, inpreabogado Nros. 43.658 y 41.430, respectivamente y los auxiliares de justicia los ciudadanos Benito Reyes C.I. Nro. 4.561.861, representante de la Depositaria Judicial La R.C., C.A., y el perito avaluador, Rubén Rondón, C.I. Nro. 11.027.204, quienes fueron debidamente designados y juramentados por el Juez de este Tribunal, en la siguiente dirección: locales identificados con los números dos (02) y tres (03), ubicados en la Avenida Nueva Granada de la Urbanización los Rosales, Edificio Wanlac, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar la medida de SECUESTRO, Una vez a las puertas del inmueble las cuales se encontraban abiertas por tratarse de unos locales comerciales, el Tribunal es atendido por Victo José Bueno,C.I. Nro. 3.569.812, abogado, inpreabogado Nro. 70.937,.....