Visto escrito de fecha diecinueve (19) de julio de 2013, presentado por los ciudadanos: LUIS SÁNCHEZ VILLAMIMAR, abogado, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°185.499, quien asiste a la parte Oferida ciudadano GUSTAVO ADOLFO ARROYO, cédula de identidad NºV-16.970.268 y JOHANA DE LA ROSA, abogada, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°185.900, en su carácter de apoderada judicial de la parte Oferente SONY VENEZUELA S.A.; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que la parte Oferente ofrece la cantidad de Bs.F.205.521,11. Asimismo, se evidencia que la parte Oferida ciudadano GUSTAVO ADOLFO ARROYO, cédula de identidad NºV-16.970.268, debidamente asistido de abogado, acepta dicho ofrecimiento por la cantidad de BOLÍVARES FUERTES DOSCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS VEINTIUNO CON ONCE CÉN.....