Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 19-07-2013, por los Apoderados Judiciales de la sociedad mercantil "PELUQUERIA UNISEX MILLON HAIR, C.A.", constante de tres (03) folios útiles y sus vueltos, por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.