este Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, expresamente declara:
PRIMERO: INADMITIR la demanda que por INTERDICIÓN (Restitución), interpuso la ciudadana ZULEIMA DEL VALLE GUEVARA LAFON, en contra del ciudadano BLADIMIR JOSE GUEVARA CARRION.