declara CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano ELIO JESÚS SACRAMENTO SALCEDO FERNÁNDEZ, portador de la cédula de identidad Nro. 8.176.035, debidamente representado por el abogado Miguel Eduardo Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 110.620, mediante la cual solicita a la Policía Municipal de Plaza del Estado Miranda, el pago de prestaciones sociales y otros conceptos. En consecuencia:
PRIMERO: Se ORDENA a la Policía Municipal de Plaza del Estado Miranda el pago de las Prestaciones Sociales del querellante desde la fecha de su ingreso, esto es, desde el 15 de abril de 2002, hasta la fecha en que se produjo su egreso el 15 de febrero de 2013.
SEGUNDO: Se ORDENA el pago de los intereses moratorios al querellante por el retardo en el pago de las prestaciones sociales, ello de conformidad con la parte motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se ORDENA a calcular los mismos mediante una experticia complementaria del fallo de conformidad con lo previsto en el a.....