"...Vista la presente Transacción y sus recaudos, presentados en fecha 14-08-2014, y su respectivo escrito de subsanación de fecha 24-09-2014, por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, estando el expediente en fase de sustanciación. Así visto el escrito de transacción presentado por el apoderado de la parte actora AMERICA MARIN, C.I. V- 9.673.357, abogado EDGAR FLORES, IPSA Nº 149.423, y firmado por el representante legal de la demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., abogado CAROLINA BELLO, IPSA N° 118.271, mediante la cual la demandada paga al demandante a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.450.000,00), la cual es pagada mediante cheque de gerenc.....