DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano ALVARO JOSE GRAGIRENA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad No. V- 6.396.515 contra la empresa AUTOLAVADO GRAND PRIX, C.A, debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción judicial del Distrito Federal y Estado Miranda bajo el No.38, Tomo 134-A, el 22 de octubre de 1983, siendo la última reforma de los estatutos sociales en fecha 24 de noviembre de 1983, anotada en ese mismo Registro bajo el No. 43, Tomo 149-A-SGDO; SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.