Mediante SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal declaró la IMPROCEDENCIA EN DERECHO de decretar la Medida de Secuestro sobre la mezzanina de un inmueble de tres (3) pisos, identificado con el Nº 60 y que se encuentra ubicado en el sector U.V.9 en la urbanización Ruíz Pineda, Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, solicitada por la parte actora, dado que en dicho asunto, si bien pudiera derivarse una presunción del derecho invocado por la accionante, no emerge de los instrumentos producidos, ningún elemento que haga presumir el riesgo manifiesto de que el fallo que se dicte no pueda ser ejecutado, es decir, que quede ilusoria la ejecución de la sentencia, tal como lo exige el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil.