En vista de las anteriores consideraciones, este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 5, de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud Colocación Familiar a favor de la adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de trece (13) años de edad, a ejecutarse en el hogar de los ciudadanos DOMINGO JAVIER HERNANDEZ MATUTE e YRELY COROMOTO HERGUETA GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.757.957 y V-10.092.344, respectivamente, ubicado en Guarenas, Calle 19 de Abril, Quinta Perejil, Estado Miranda-Caracas, dicha Colocación Familiar será por un tiempo ininterrumpido de seis (6) meses contados a partir de la notificación que se les haga a los precitados ciudadanos. En consecuencia, se revoca la Medida de Colocación en Entidad de Atención dictada por este despacho en fe.....