Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos y al criterio jurisprudencial citado en la presente decisión, que acoge el Tribunal y hace suyo, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE LA ACCION MERO DECLARATIVA, interpuesta por el ciudadano NERIO LANDAETA contra la entidad de trabajo MERCADOS DE ALIMENTOS C.A. (MERCAL).