DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la falta de cualidad pasiva alegada por el ciudadano CARLOS VICIENTE CROES HERNANDEZ; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS; TERCERO: Se ordena a la entidad demandada a cancelar los conceptos condenados en la parte motiva del fallo; CUARTO: Se condena en costa a la parte demandada.