Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado José Gregorio Guzmán Velázquez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 188.895, actuando en este acto con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HÉCTOR ANTONIO VITRIAGO FUENMAYOR, titular de la cédula de identidad N° V-7.119.692, contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICA (C.I.C.P.C).
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se ANULA PARCIALMENTE el acto administrativo mediante el cual se le otorgó el beneficio "Jubilación de Oficio", notificado mediante Oficio Nº 9700-104-3453 de fecha 22 de septiembre de 2011, suscrito por el Director General Nacional del Cuerpo de Investigacio.....