Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado CARLOS VELARDE, inscrita en el IPSA bajo el No. 37.198, ejercido contra la decisión dictada en fecha 06 de agosto de 2012 por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA EL FALLO RECURRIDO. No hay especial condenatoria en costas.