Por cuanto de la revisión de las actas procesales se evidencia que el ciudadano ACACIO SABINO compareció personalmente en la diligencia de fecha 30 de Enero de 2007, con la cual desiste del presente Procedimiento, este sentenciador debe necesariamente homologar el desistimiento presentado por la solicitante, en virtud de haberse llenado los extremos de dicho acto de autocomposición procesal.
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara homologado el desistimiento de la demanda presentado por la parte actora en fecha 30 de Enero de 2007, en el juicio por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL intentó FEDERACIÓN CAMPESINA DE VENEZUELA contra NESTOR ANTONIO LOPEZ, en el expediente signado con el expediente No. 04-7591 de la nomenclatura particular de este Despacho, y se procederá como en s.....