esta Sala Siete de La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos JOSE JESUS ALICANDU OPORTO y MARIA EUGENIA MANRIQUE OPORTO, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado Nros 88.794 y 107.643, respectivamente, actuando en su carácter de defensores del ciudadano PEREZ RODRIGUEZ ADRIAN ASDRUBAL, en contra del pronunciamiento emitido en fecha 22 de octubre de 2007, por el Juzgado Cuadragésimo Segundo en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el cual resolvió dos solicitudes de nulidad, interpuestas por los abogados accionantes, decretando que no acogía el primero de dichos pedimentos y declaró Sin Lugar el otro, así como contra una omisión de pronunciamiento en el que incurrió el mismo .....