Esta Juez Unipersonal Nº XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el acta de nacimiento a nombre del niño XXXX, signada con el No. 1654, de fecha veintiuno (21) de junio de dos mil siete (2007), la cual se encuentra asentada en la Unidad Hospitalaria del Oeste "Dr. José Gregorio Hernández", y donde colocaron el segundo apellido del padre, de manera incorrecta "ROCET" siendo lo correcto: "BOCET". Asimismo se ordena oficiar al Registrador Principal del Distrito Capital y a la Unidad Hospitalaria del Oeste "Dr. José Gregorio Hernández, a los fines de que efectúen la debida corrección.