Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por los abogados Alan Aldana y Manuel Rojas Pérez, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 15.663.585 y V-14.351.545, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 105.842 y 98.956, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Yuraima Lizeth Vargas Rivas, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.297.116, contra la Policía del Municipio Pedro Gual del Estado Miranda.