Revisadas como han sido las actas procesales, con ocasión a la Oferta Real de Pago, presentada por la Oferente GUARDIANES PROFESIONALES C.A. GUARDIPRO, a favor del ciudadano FRANCISCO MARTÍNEZ, cédula de identidad NºV-10.518.451, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución observa que en la decisión de fecha 26 de enero de 2017, mediante la cual se homologó la transacción que consta en autos, en el encabezado se colocó como nomenclatura del asunto AP21-L-2016-000498, siendo lo correcto AP21-S-2013-000881 En consecuencia, este Tribunal dicta el presente auto, con carácter de aclaratoria de sentencia, y como consecuencia, extensión de la decisión dictada en fecha veintiséis (26) de enero de dos mil diecisiete (2017), todo ello a los fines legales consiguientes. Cúmplase-