Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus YSIDRO RAMÓN PÉREZ COLINA; quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, Capataz, titular de la cédula de identidad número 5.293.405, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, fallecido el día veintisiete (27) de septiembre de 2021, en jurisdicción de la parroquia Ambrosio del municipio Cabimas del estado Zulia, a los ciudadanos ANA JOSEFINA LAMEDA Viuda de PÉREZ, YSANI DEL CARMEN PÉREZ LAMEDA, YSIDRO DE JESÚS PÉREZ LAMEDA, ISABEL CAROLINA PÉREZ LAMEDA e ISANDRA KARINA PÉREZ LAMEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 7.492.001, 14.722.945, 14.722.940, 1.....