En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana Yasmira Coromoto Rivero Romero antes identificada y la empresa BAYER S.A. con excepción del desistimiento previsto en la cláusula novena del acuerdo antes citado, pasándola en autoridad de COSA JUZGADA.