Este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos NANCY DEL PILAR CASTRO DE RAMIREZ y JESUS RAFAEL RAMIREZ SALAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros V-12.226.161 y V-5.673.620, ambos respectivamente.SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos el 17 de Septiembre de 1982, ante el Registro Civil del Municipio La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira, consignando a tales efectos copia certificada del acta Nº 303, del año de 1982.