Como consecuencia de lo anterior, SE ORDENA PRACTICAR UN NUEVO AVALÚO DEL INMUEBLE OBJETO DE ESTA SOLICITUD HIPOTECARIA, a fin que se establezca su valor actual y se mantengan así resguardados los derechos y garantías que asisten a las partes en el proceso, con un trato exento de preferencias o desigualdades y así se decide. ¿
Asimismo, se ordena participar a la Procuraduría General de la República del presente auto, a cuyo efecto se ordena oficiar lo conducente con copias certificadas anexas del escrito que cursa a los folios 2 al 4, 14 y del presente auto, todos de esta pieza III del Cuaderno de Medidas, copias certificadas estas que se ordenan expedir de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y cumplida que sea tal participación, se procederá a realizarse el nuevo avalúo ordenado, y una vez materializado ello, este Juzgado pasará a pronunciarse sobre el remate anticipado, solicitado por la parte actora. Líbrese Oficio una vez .....