DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la acción que por DESALOJO la ciudadana GLADYS DEMECIA CARDOZO BORGES contra el ciudadano VICENZO IANELLO. En consecuencia se ordena al ciudadano demandado a:
PRIMERO: La entrega material del inmueble arrendado constituido por "Un apartamento ubicado en la Avenida Caroni, Colinas de Bello Monte, Edificio "TREZMEN" piso 1, apartamento Nro. 5, Municipio Sucre del Estado Miranda, de conformidad con lo establecido en el parágrafo primero del artículo 34 de la Ley de arrendamientos Inmobiliarios, se reconcede un plazo improrrogable de seis (6) meses a la parte demandada para la entrega material del inmueble, contados a partir de
SEGUNDO: Que de conformidad con lo establecido en el articu.....