INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ALBERTO JOSE REY MARTINEZ, portador de la cedula de identidad Nro. 14.062.102, representado judicialmente por los abogados JOAO RICARDO SUAREZ GONZALEZ y MANUEL JOSE COVA PINTO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 131.773 y 131.766, respectivamente, contra el acto administrativo de remoción dictado por la Directora General del Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI), notificado en fecha 09 de diciembre de 2013, signado bajo el Nro. MPPC-SAPI-DG//2013.