Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 14 de abril de 2014 por el abogado JOSÉ ALBERTO YBARRA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 09 de abril de 2014, oída en ambos efectos el día 16 de junio de 2014, con motivo del juicio que por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos incoara el ciudadano FREDDY ANGULO PARRA en contra de la empresa COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA, (CANTV). SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformi.....