DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE RAFAEL GOMEZ MARTINEZ y JOELVIS MARGARITA HERNANDEZ MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.379.492 y V-6.259.043, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 10 de septiembre de 2010, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta.....