En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caidos interpuesta por el ciudadano JADER ANTONIO MONTES CERVANTES contra la Sociedad Mercantil COLEGIO LOS ARCOS; por lo que se ordena a ésta última a reenganchar al primero a su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía para el momento del despido y consecuencialmente, el pago de los salarios caidos desde el momento de la notificación de la demandada hasta su efectiva reincorporación a razón de un salario mensual de Bs.745.920,oo