Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara Homologada la presente Transacción, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentó el Dr. ALFREDO BENDAYAN OBADIA, Apoderado Judicial de la compañía EDIFICA LOS NARANJOS, C.A., contra REPUESTOS HOMOCINETICOS LOS NARANJOS, C.A., ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo.
Se Suspende la medida de Secuestro decretada por este Juzgado en fecha 10 de agosto del 2006.-
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los Treinta y Un (31) días del mes de Octubre de.....