III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO suscrito en fecha 24 de octubre del 2006, por el abogado DANIEL FRANCISCO SOTO VILERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 97.589, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano WALTER OSWALDO SOTO VILERA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.517.800.
SEGUNDO: Se ordena devolver el original del Contrato de Arrendamiento y del instrumento Poder, que corren insertos del folio siete (7) al trece (13), ambos inclusive, del presente expediente, previa su certificación por Secretaría, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: De confo.....