DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente explanado, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado YENDY JAVIER BARRIOS MEDINA, quien es de nacionalidad
venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida en fecha
10-05-87, de 19 años de edad, de Estado Civil Soltero, de profesión u oficio Obrero (Mantenimiento) y titular de la Cédula de Identidad N°: V-18.366.393, en virtud de encontrarse plenamente satisfechos de manera concurrente, los extremos exigidos en el artículo 494, ordinales 1°, 2°, 3°, 4° y 5°, y último aparte, de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, y se fija UN PLAZO DE RÉGIMEN DE PRUEBAS DE: OCHO (08) MESES, contados a partir de la fecha en qu.....