DISPOSITIVO
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el día dieciséis (16) de septiembre de dos mil dieciséis (2016), por la ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES GUANIPA GONZÁLEZ, en su condición de parte solicitante, asistida en ese acto por el ciudadano ARGENY PEÑA LARA, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el número 43.731, contra la providencia dictada el día ocho (8) de agosto de dos mil dieciséis (2016), por el Juzgado Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró INADMISIBLE la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO planteada. Queda CONFIRMADO el fallo recurrido, en todas y cada una de sus partes.
SEGUNDO: INADMISIBLE la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, formulada el día diecisiete (17) de junio de dos mil dieciséis (2016), por la ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES GUANIPA GONZÁLEZ.
TER.....