A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA el Tribunal declaró INADMISIBLE la demanda presentada por la abogada Zully J. Rojas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 36.887, quien actúa en su propio nombre y como asistente de los ciudadanos YELITSE BETANCOURT, MANUEL SILVA MARAÑO, DINA EUGENIA COLCHADO y JUANA ISORA GARCÍA, en los términos planteados.