Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: MODIFICA la decisión de fecha 08 de mayo de 2017, dictado por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA ARCADIA ZAVALA contra la entidad de trabajo INSTITUTO DE OTORRINOLARINGOLOGIA C.A. CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión