Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto 05 de marzo del 2012, por el abogado FRANK J. MARIANO B., en representación judicial de la parte actora, la sociedad mercantil FORMICONI C.A., contra el auto dictado el 29 de febrero del 2012 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO.-Queda CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se imponen las costas del recurso a la parte apelante.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en l.....